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		<title>MEGAUPLOAD CERRADO</title>
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		<pubDate>Fri, 20 Jan 2012 07:43:41 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Goltratec</dc:creator>
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<a href='http://www.revista360.es/megaupload-cerrado/descarga/' title='Megaupload ha sido cerrada por el fbi'><img width="150" height="150" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/descarga-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="Megaupload ha sido cerrada por el fbi" title="Megaupload ha sido cerrada por el fbi" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/megaupload-cerrado/descarga-1/' title='alternativa al cierre de megaupload'><img width="150" height="150" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/descarga-1-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="alternativa al cierre de megaupload" title="alternativa al cierre de megaupload" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/megaupload-cerrado/images/' title='gigasize otra alternativa al cierre de megaupload'><img width="150" height="147" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/images-150x147.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="gigasize otra alternativa al cierre de megaupload" title="gigasize otra alternativa al cierre de megaupload" /></a>
</h2>
<h2>Cuando los que mandan se dan cabezazos contra la pared.</h2>
<p>En primer lugar y para quien no lo sepa Megaupload es, según definición de Wikipedia:</p>
<p>“Sitio web de servicio de alojamiento de archivos, fundado el 21 de marzo de 2005 por Megaupload Limited en Hong Kong.”</p>
<p>Megaupload es (bueno era) un lugar donde subir contenidos y compartirlos desde allí. Un lugar donde la capacidad no erá un problema. En Megaupload existían cuentas gratuitas (limitaciones de velocidad, limitaciones de ficheros diarios) o cuentas de pago ( por 4€ o 5€ al mes no tenias limitaciones en lo que a descargas se refiere). El caso es que este espacio se fue convirtiendo en un referente de descargar de contenido “poco lícito” (vulneración de derechos de autor y esas cosas) y ha ido ganando tanta reputación que se ha convertido en el lugar nº 1 para descargar programas, ver películas online, etc… de todo Internet.<br />
Creo que todos estos señores deberían aprender, negociar con estas empresas, adaptarse a los tiempos que corren y sobre todo escuchar a los usuarios que al final son los que pagan los derechos de autor.El asunto es, que Megaupload fue cerrado el dia 19 de Enero de 2012 por el FBI tras unos 3 años de investigaciones por supuesta infracción de derechos de autor.<br />
Sin entrar en polémicas de si esta bien o esta mal (esta claro que muy bien no está, pero tampoco lo está que yo pague unos canones al comprar cds para grabar las fotos de mis hijas y resulta que es legal), no entiendo como los que mandan no se dan cuenta que no hacen más que darse cabezazos contra la pared porque donde ha desaparecido Megaupload , aparecerán 30 diferentes que se dediquen a lo mismo y a la historia me remito (de hecho existen páginas similares a megaupload como pueden ser rapidshare, gigasize…<br />
¿Recordais Napster? Ese primer y maravilloso servicio donde te podías descargar canciones en formato MP3 mientras escuchabas la maravillosa melodía de tu modem de 56kbs que se cortaba cada vez que te llamaban por teléfono. Pues bien, Napster fue cerrado en Julio del 2001 (solo 3 años de andadura) por una denuncia de las discográficas… y tras ese cierre ¿alguien de los presentes se atreve a afirmar que la descarga de música en internet ha descendido? O ¿acaso no han aparecido otros sistema como napster? … miles de páginas, decenas de programas P2P, miles de millones de intercambios diarios …</p>
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		<title>¿Que es SOPA? La nueva censura de internet.</title>
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		<pubDate>Sun, 25 Dec 2011 23:14:56 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Goltratec</dc:creator>
				<category><![CDATA[Informática]]></category>
		<category><![CDATA[bloqueo dns]]></category>
		<category><![CDATA[censura]]></category>
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		<description><![CDATA[La Stop Online Piracy Act, popularmente conocida por sus siglas SOPA, es una propuesta que está últimamente en boca de todos debido a que el congreso estadounidense esta planteándose seriamente el acogerse a ella de cara a dar una solución al problema de la piratería en Internet. Básicamente, y como otras tantas propuestas, pretende controlar qué contenidos ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Stop Online Piracy Act, popularmente conocida por sus siglas <strong>SOPA</strong>, es una propuesta que está últimamente en boca de todos debido a que el congreso estadounidense esta planteándose seriamente el acogerse a ella de cara a dar una solución al problema de la <em>piratería</em> en Internet. Básicamente, y como otras tantas propuestas, pretende controlar qué contenidos podemos compartir y descargar de la red, aunque lo <em>revolucionario</em> del asunto, por llamarle de alguna forma, es que lo hace dando el poder directamente a las grandes corporaciones, las cuales tendrán la última palabra sobré qué podemos y qué no podemos consumir.<span id="more-279"></span></p>
<p>Este resumen es sólo la punta del Iceberg, y cuanto más indagamos más oscuras son las consecuencias, con unas leyes que permitirían a los Estados Unidos bloquear determinadas páginas con técnicas similares a las que ya se usan en países como China o Irán. Una privación de derechos de la que ya han alertado varias personas y en contra de la cual se han posicionado empresas tan importantes como Facebook o Twitter, que serían por cierto dos de las grandes afectadas si la propuesta sale adelante.</p>
<p>Además de corporaciones también hemos escuchado a organismos e incluso a personalidades hablar de las consecuencias que tendría aprobar un acta así. El último en hacerlo ha sido <strong>Vint Cerf</strong>, un hombre que está reconocido como uno de los padres de Internet, y lo ha hecho enviando una carta al mismísimo Lamar Smith, autor de la polémica SOPA.</p>
<blockquote><p>Como uno de los <em>padres de Internet</em> me preocupo profundamente por los problemas que puendan surgir en su infraestructura, y por eso me gustaría unirme al grupo de expertos que ya han expresado su disconformidad con varios aspectos de la llamada <em>SOPA</em>.</p></blockquote>
<blockquote><p>SOPA no solamente es un error a la hora de prevenir que los usuarios accedan a contenidos ilegales, sino que se trata de una forma de censura sin precedentes en la web.</p></blockquote>
<p>En el resto de la carta, Cerf habla sobre los problemas de los bloqueos DNS, exponiendo una serie de detalles no simplemente morales o éticos, sino también relativos a la seguridad. Citando partes concretas del acta, concluye haciendo la sugerencia de elaborar unas leyes que se ajusten mejor al verdadero problema y que vayan más por los derroteros de <em>seguir el dinero</em>, es decir, aquellos que traten de cortar la financiación, de mermar los ingresos publicitarios o incluso de bloquear el cobro de éstos.</p>
<p>Publicado por <a title="SOPA, la nueva censura." href="http://www.goltratec.com" target="_blank">Goltratec</a>.<br />
Via <a href="http://bitelia.com/2011/12/vint-cerf-sopa-es-sinonimo-de-una-forma-de-censura-sin-precedentes" target="_self">Bitelia</a>.</p>
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		<title>La importancia del posicionamiento para la empresa</title>
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		<pubDate>Fri, 16 Dec 2011 10:15:03 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Goltratec</dc:creator>
				<category><![CDATA[Informática]]></category>
		<category><![CDATA[Marketing]]></category>
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		<description><![CDATA[Hace algún tiempo la consigna para las empresas era tener un sitio Web, un nuevo medio para transmitir la información de la empresa, sus servicios, tarifas, ubicación, etc. Quién no tenia web no existía, sin embargo esto ha cambiado, ya no basta con tener una web, si no que debemos conseguir que aparezca en las primeras ...]]></description>
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<a href='http://www.revista360.es/la-importancia-del-posicionamiento-para-la-empresa/seo3_peq/' title='seo3_peq'><img width="150" height="150" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/seo3_peq-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="seo3_peq" title="seo3_peq" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/la-importancia-del-posicionamiento-para-la-empresa/seo2_peq/' title='seo2_peq'><img width="150" height="150" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/seo2_peq-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="seo2_peq" title="seo2_peq" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/la-importancia-del-posicionamiento-para-la-empresa/seo1_peq/' title='seo1_peq'><img width="150" height="150" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/seo1_peq-150x150.jpg" class="attachment-thumbnail" alt="seo1_peq" title="seo1_peq" /></a>

<p>Hace algún tiempo la consigna para las empresas era tener un <strong>sitio Web</strong>, un nuevo medio para transmitir la información de la empresa, sus servicios, tarifas, ubicación, etc. Quién no tenia web no existía, sin embargo esto ha cambiado, ya no basta con tener una web, si no que debemos conseguir que aparezca en las primeras posiciones y es entonces cuando nace el <strong>SEO</strong>.</p>
<p>Con el pasar de los años cada vez ha aumentado la competencia en Internet. Un usuario que realiza una búsqueda en <strong>Google</strong> (el buscador más popular), recibe miles y a veces millones de páginas a las que puede ingresar según su búsqueda. Obviamente no va ha revisar muchos de esos resultados y se quedará con los primeros.<span id="more-265"></span></p>
<p>Ahí está la importancia del <strong>posicionamiento Web</strong>: aparecer en los primeros resultados de Google para así captar a ese usuario y transformarlo en un potencial cliente de la empresa. Por eso, todas las organizaciones deben adaptarse a las nuevas tecnologías en lo que se refiere a medios de comunicación y publicidad, esto es esencial para el éxito de cualquier negocio o emprendimiento.</p>
<p>Entendamos el proceso de marketing online de una empresa de la siguiente forma:<br />
La empresa invierte en una página Web, luego en un servicio de posicionamiento Web, lo que se traduce en visitas, quienes son potenciales clientes, que por último, se traducen en ganancias para la empresa.<br />
De otro modo, sin un servicio de posicionamiento Web, la empresa invierte en la creación de un sitio, que va a tener pocas visitas (sólo la gente que conoce la dirección), lo que se traducirá en pocos clientes, pocas ventas, pocas ganancias.</p>
<p>Entonces, queda más que claro que tener un servicio de posicionamiento Web para su proyecto online es fundamental. ¿En qué consta este servicio de SEO? En una serie de técnicas y estrategias aplicadas por expertos en el tema, de empresas que se dedican a esto, con óptimos resultados para sus clientes y todos los beneficios que trae consigo un buen posicionamiento Web .<br />
Se escogen una serie de <strong>palabras clave,</strong> que estén relacionadas con la temática de la empresa que quiere posicionarse en Internet, y se hace un trabajo dedicado con estas, para lograr la aparición del sitio Web dentro de los primeros 20 resultados de Google.</p>
<p>Otra parte muy importante del proceso del SEO es el <strong>análisis de los resultados</strong> para poder optimizar, mejorar e incluso modificar las estrategias adoptadas en cada campaña. Hay que recordar que nadie puede prometerle aparecer en el primer lugar de Google, aunque algunas empresas lo prometan. Esta promesa es fruto de un truco que se basa en derivar los términos a posicionar hacia palabras con pocos resultados en el buscador, lo que permite posicionarlos de forma sencilla, pero esos términos pueden no ser los que necesitan nuestra empresas. También es importante tener en cuenta que es un proceso lento y que debe mantenerse de forma constante al igual que se mantienen <strong>acciones publicitarias tradicionales </strong>en radio, prensa, vayas publicitarias, creación de catálogos &#8230;</p>
<p>Se entiende entonces que posicionar su proyecto online en buscadores es fundamental, y que adaptarse a los nuevos tiempos y las nuevas tecnologías de la publicidad en Internet es un paso que todas las empresas deberían dar.<br />
<strong> La flexibilización</strong> es uno de los conceptos clave dentro del éxito de una empresa, y las organizaciones que estén dispuestas a dar este paso tecnológico estarán destinadas al éxito, aumentando la captación de nuevos clientes y la presencia en Internet, que posicionará la marca en las mentes de las personas.</p>
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		<title>Quiero comprar el tiempo</title>
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		<pubDate>Mon, 31 Jan 2011 12:43:46 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Goltratec</dc:creator>
				<category><![CDATA[Informática]]></category>

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		<description><![CDATA[No tengo tiempo para comprar, E-Commerce Saltas de la cama, son las 3 de la mañana y te das cuenta que ¡¡el cumpleaños de tu madre es solo dentro de 3 días!!. Te sientas frente a tu ordenador y navegas hasta tu sitio favorito y tras buscar un poco encuentras unos pendientes que harán que ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><strong>
<a href='http://www.revista360.es/quiero-comprar-el-tiempo/save-money/' title='Save money'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/Save-money-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="Save money" title="Save money" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/quiero-comprar-el-tiempo/key/' title='Key'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/Key-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="Key" title="Key" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/quiero-comprar-el-tiempo/e-commerce/' title='E-commerce'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/E-commerce-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="E-commerce" title="E-commerce" /></a>
</p>
<p></strong></p>
<p><strong> </strong></p>
<p><strong>No tengo tiempo para comprar, E-Commerce</strong></p>
<p>Saltas de la cama, son las 3 de la mañana y te das cuenta que ¡¡el cumpleaños de tu madre es solo dentro de 3 días!!. Te sientas frente a tu ordenador y navegas hasta tu sitio favorito y tras buscar un poco encuentras unos pendientes que harán que tu madre te de un abrazo que quite el hipo … Pasas el artículo al carrito de la compra, introduces los datos de tarjeta de crédito, pulsas enviar y en menos de una hora todo hecho y sin tener que vestirte y salir de casa.</p>
<p>“Comercio Electrónico” o “E-Commerce”, compradores y vendedores de artículos y servicios a través de internet, están cambiando nuestra forma de hacer negocios. Los usuarios se dirigen a internet para buscar y comprar cosas como electrodomésticos, coches, viajes e incluso ropa. Según una encuesta realizada por “Pew Internet &amp; American Life Project” en Septiembre de 2007, el 49% de los americanos han comprado productos alguna vez de modo online y el 60% usa internet para informarse sobre artículos, características, opiniones, etc…</p>
<p>El “Comercio Electrónico” no solo es ventajoso para los compradores, vendedores también tienen grandes ventajas en el uso de la tecnología. Los clientes pueden comprar a cualquier hora, no se necesitan dependientes durante las horas que la tienda está “abierta”, el stock del que deben disponer es mínimo.</p>
<p>¿Y para el comprador?, ¿cuáles son las ventajas?.  Internet está abierto las 24 horas, 7 días a la semana. Puedes comprar zapatos a media noche, alquilar una película en el desayuno o ver tu viaje de ensueño durante las horas de trabajo. El Comercio electrónico elimina los impedimentos del tiempo, no tienes que ir a contrarreloj para llegar a los grandes almacenes antes de que cierren. Ahora los usuarios tienen una ventaja que antes no tenían, ya no tienen que elegir el producto recomendado por el vendedor de un comercio. Ahora puede visitar desde el ordenador varias tiendas, comparar diferentes productos, consultar opiniones de otros usuarios y comprar en otros países para obtener mejores condiciones.</p>
<p>Pero el “Comercio Electrónico” también tiene desventajas, hay un 40% de personas a las que no llega internet (bien por condiciones tecnológicas, bien por condiciones sociales) y un alto porcentaje de compradores sigue prefiriendo un  trato directo, personal, cara a cara además de la desconfianza que muchos tienen frente a las transacciones económicas en internet.</p>
<p><strong>Ventajas y Desventajas del E-Commerce</strong></p>
<p>La evolución de las nuevas tecnologías ha permitido que todo evolucione, y algo tan ancestral como el comercio no podía ser menos. El comercio ha aprovechado las nuevas tecnologías para salvar las barreras del tiempo y el espacio, pero no es oro todo lo que reluce, como todo tienes sus ventajas y sus desventajas</p>
<p><u>Ventajas para el usuario:</u><br />
Encontrar un producto a menor costo.<br />
Realizar mejor negociación con el vendedor.<br />
Comodidad en la adquisición del bien o producto.</p>
<p><u>Desventajas para el usuario:</u><br />
Cercanía entre el vendedor y el comprador para proceder con una queja del producto.<br />
Cobro o poder hacer valida la garantía del producto comercializado.<br />
Se pierde la capacidad de visualización del producto en comercialización o conocimiento físico del producto.</p>
<p><u>Ventajas para las empresas:</u><br />
Elimina obligaciones con trabajadores por los contratos.<br />
Costos de los distribuidores.<br />
Elimina las perdidas por mercancía robada.<br />
Elimina  días muertos por causas de huelga.<br />
Genera mayores ganancias por venta unitaria de un producto.</p>
<p><u>Desventajas para las empresas:</u><br />
Menor comunicación entre vendedor y consumidor.<br />
Hackers<br />
Crackers</p>
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		<title>El valor de nuestros datos</title>
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		<pubDate>Mon, 31 Jan 2011 12:40:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Fontanals</dc:creator>
				<category><![CDATA[Consultoría Legal]]></category>

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		<description><![CDATA[De un tiempo a esta parte hemos podido apreciar como han proliferado las campañas de sorteos en las que solamente por registrarte en Internet tienes la posibilidad de embolsarte suculentos premios, o la emisión de tarjetas cliente gratuitas de las que, según nos participan, solo se derivan ventajas para el titular consistentes en el apreciado ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[
<a href='http://www.revista360.es/el-valor-de-nuestros-datos/registro-facebook/' title='Registro Facebook'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/Registro-Facebook-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="Registro Facebook" title="Registro Facebook" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/el-valor-de-nuestros-datos/ladroi%c2%81n_b/' title='LadroÌn_b'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/LadroÌn_b-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="LadroÌn_b" title="LadroÌn_b" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/el-valor-de-nuestros-datos/espii%c2%81a/' title='EspiÌa'><img width="300" height="224" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/EspiÌa-300x224.jpg" class="attachment-medium" alt="EspiÌa" title="EspiÌa" /></a>

<p>De un tiempo a esta parte hemos podido apreciar como han proliferado las campañas de sorteos en las que solamente por registrarte en Internet tienes la posibilidad de embolsarte suculentos premios, o la emisión de tarjetas cliente gratuitas de las que, según nos participan, solo se derivan ventajas para el titular consistentes en el apreciado detalle de que recuerden la fecha de nuestro cumpleaños o en descuentos solamente reservados a sus poseedores.</p>
<p>Del mismo modo para realizar cualquier transacción comercial por Internet, para descargar programas o simplemente para poder participar en determinados foros, como no podía ser de otra manera, se nos requieren una serie de datos, unos necesarios, y otros que no lo son tanto, con el fin de identificar al sujeto que pretende sacar provecho de los beneficios que ofrece la red  en estos sentidos.</p>
<p>Una vez introducidos nuestros datos y con el fin de recabar la autorización oportuna, para finalizar nuestro registro y por norma general, debemos aceptar las condiciones de uso y política de privacidad, simplemente marcando la opción que señala que “las hemos leído y que las aceptamos”,  cuando realmente, ni las hemos leído, ni sepamos que estamos aceptando.</p>
<p>Estas condiciones cuya lectura simplemente se presume pulsando en el lugar oportuno, nos informan del destino de nuestros datos, que pasan a formar parte de un fichero titularidad de la empresa recolectora, de las posibles cesiones que dicha empresa puede realizar, por ejemplo, a otras de su grupo, y de que consentimos, en la gran mayoría de los supuestos, que se nos envíe información general y publicidad sobre los servicios que presta la empresa. Así mismo, el texto en cuestión, debe señalar igualmente donde debemos dirigirnos para ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición sobre nuestros datos, lo cual es de gran interés en el supuesto de haber aceptado dichas condiciones y estar arrepentidos de nuestra decisión.</p>
<p>Es por todo lo anterior, por lo que creemos que la lectura de estas líneas, ocultas casi siempre a primera vista, puede redundar en nuestro beneficio, así, al viejo estilo del eslogan publicitario del “busque, compare, …”, le recomendamos que “lea, valore, y si queda informado de los posibles usos que de nuestros datos pueden darse, y aún así decide permitirlos, acepte”, de esa manera, la próxima vez que reciba una llamada de teléfono de número desconocido con fines comerciales, podrá ser consciente de que posiblemente haya sido usted mismo el que la ha autorizado.</p>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Hacienda se apunta a la proteccion del medio Ambiente.</title>
		<link>http://www.revista360.es/hacienda-se-apunta-a-la-proteccion-del-medio-ambiente-sistema-de-notificacion-en-direccion-electronica-habilitada/</link>
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		<pubDate>Mon, 31 Jan 2011 12:34:36 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Casos de Estudio</dc:creator>
				<category><![CDATA[Casos de Estudio]]></category>

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		<description><![CDATA[Sistema de notificacion en direccion electronica habilitada. A partir del pasado 1 de Enero de 2.011, la mayoría de las entidades (entre ellas las S.A. y S.L. y en concreto todas aquellas cuyo NIF comience por las letras A, B, N, W, y V) estarán obligadas a recibir las comunicaciones y notificaciones que efectúe la ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[
<a href='http://www.revista360.es/hacienda-se-apunta-a-la-proteccion-del-medio-ambiente-sistema-de-notificacion-en-direccion-electronica-habilitada/recycle/' title='Recycle'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/Recycle-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="Recycle" title="Recycle" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/hacienda-se-apunta-a-la-proteccion-del-medio-ambiente-sistema-de-notificacion-en-direccion-electronica-habilitada/hands/' title='Hands'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/Hands-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="Hands" title="Hands" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/hacienda-se-apunta-a-la-proteccion-del-medio-ambiente-sistema-de-notificacion-en-direccion-electronica-habilitada/earth/' title='Earth'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/Earth-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="Earth" title="Earth" /></a>

<p>Sistema de notificacion en direccion electronica habilitada.</p>
<p>A partir del pasado 1 de Enero de 2.011, la mayoría de las entidades (entre ellas las S.A. y S.L. y en concreto todas aquellas cuyo NIF comience por las letras A, B, N, W, y V) estarán obligadas a recibir las comunicaciones y notificaciones que efectúe la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) por medios electrónicos. Estas notificaciones electrónicas tendrán plena eficacia jurídica y sustituirán a las de papel. El flujo anual de notificaciones a estas entidades se calcula en unos 14 millones de envíos, el ahorro de papel parece que va a ser importante.</p>
<p>Para llevar a cabo lo anterior,  la AEAT habilitará un “buzón electrónico” para cada entidad afectada, que se denomina Dirección Electrónica Habilitada, en adelante DEH (quizá fuese más apropiado  el nombre de Dirección Electrónica Obligatoria), en el cual la AEAT depositará sus notificaciones.</p>
<p>Su empresa recibirá via e-mail un aviso comunicándole que se ha depositado en su DEH una notificación y ésta se entenderá realizada el día que usted entre en su “buzón” y lo abra,  si no lo hace en el plazo de diez días naturales desde que se deposite la notificación, también se entiende notificada a todos los efectos.</p>
<p>Su empresa no debe hacer nada para la creación de su DEH, la AEAT la creará por su cuenta y le notificará en papel dicha creación y donde se ubica su buzón. Una vez recibida dicha notificación en papel, su empresa debe comunicar una o varias direcciones de correo electrónico en las que quiere recibir los avisos, y a partir de entonces Hacienda comenzará a enviarle sus notificaciones de forma telemática a su buzón. Su aplicación práctica parece que va a ser escalonada, gradual y progresiva.</p>
<p>Para acceder a dichas notificaciones su entidad debe tener un certificado electrónico o sistema de firma electrónica, que puede ser el mismo que ya usa para presentar sus declaraciones por internet. Si aún no dispone de dicho certificado, consígalo con rapidez, pues el proceso de obtención del mismo (cuya explicación excede el propósito de éste artículo) puede ser más largo que los diez días en los que ya estará notificado.</p>
<p>Fundamento Legal: Real Decreto 1363/2010, de 29 de Octubre,</p>
<p>Luis A. Egio Fuster. Economista. Miembro del Registro de Auditores de Sistemas de Información  (RASI).</p>
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		<title>Vendo atico en la luna</title>
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		<pubDate>Mon, 31 Jan 2011 12:25:31 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Alterego</dc:creator>
				<category><![CDATA[Marketing]]></category>

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		<description><![CDATA[El uso del comercio electrónico ha supuesto, en la práctica, que una persona o empresa con un ordenador y una conexión a internet pueda vender cualquier producto o servicio a otra persona o empresa situada en no importa qué parte del mundo. Y decimos “cualquier “ porque, a través de la red, se ha puesto ...]]></description>
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<a href='http://www.revista360.es/vendo-atico-en-la-luna/02-detector-de-fantasmas/' title='02 Detector de fantasmas'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/02-Detector-de-fantasmas-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="02 Detector de fantasmas" title="02 Detector de fantasmas" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/vendo-atico-en-la-luna/03-kit-de-caza/' title='03 Kit de caza'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/03-Kit-de-caza-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="03 Kit de caza" title="03 Kit de caza" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/vendo-atico-en-la-luna/01-mr-usher/' title='01 Mr Usher'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/01-Mr-Usher-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="01 Mr Usher" title="01 Mr Usher" /></a>

<p>El uso del comercio electrónico ha supuesto, en la práctica, que una persona o empresa con un ordenador y una conexión a internet pueda vender cualquier producto o servicio a otra persona o empresa situada en no importa qué parte del mundo. Y decimos “cualquier “ porque, a través de la red, se ha puesto en venta todo lo imaginable, y también lo inimaginable.</p>
<p>Los mejores ejemplos se han dado en eBay, el portal de subastas online mas utilizado del mundo. Desde el principio apuntaba maneras: el primer objeto vendido en el portal fue un puntero láser inservible que fue adquirido por 14,83$. Pierre Omidyar, fundador de eBay, se puso en contacto con el ganador para averiguar si era consciente de lo que había comprado. Su respuesta fue paradigmática: “me gusta coleccionar punteros láser inservibles”.</p>
<p>El listón se puso muy alto desde los primeros tiempos. Pero el ser humano, en su afán de superación, nos ha brindado nuevos ejemplos de compras absurdas. Alguien que no acababa de creer que la existencia de licántropos fuese una leyenda adquirió en el eBay británico un completo kit de caza para hombres lobo por el módico precio de 1.370 libras (unos2.000 €). Aunque fue un montaje artístico de su vendedor, Alex C.F., no desmerece en absoluto: el set incluía un feto de licántropo albino, un par de colmillos y molares extraídos de la madre, muestras de sangre, saliva y orina, una botella de nitrato de plata, la foto de un licántropo, un mapa que mostraba los movimientos de las manadas de hombres lobo y sus asesinatos, balas de plata… Increíble.</p>
<p>Como también lo es que se vendiese un copo de maíz con la forma del estado de Illinois (USA) por más de 1.000 $, el pueblo tejano de Albert -con título de alcalde de regalo-, un amigo invisible, cuyo comprador afirmó estar descontento con él porque no le hablaba, parcelas en la luna a 45 € los 500 m2… si a alguien le interesa, la vende la compañía israelí CrazyShop.</p>
<p>En la web Coolest Gadgets encontramos un detector de fantasmas USB, que detecta variaciones en los campos magnéticos para localizar espectros de energía desconocidos. Cuando los detecta, emite un sonido y se ilumina. Habría que probar su funcionamiento en el Congreso de los Diputados.</p>
<p>La vida ya no se busca, se compra. Ian Usher, británico residente en Perth, Australia, vendió su vida en eBay para iniciar una nueva por 500.000$ australianos. Tras divorciarse, decidió venderlo todo para empezar desde cero, lo cual incluía una casa con piscina, un coche, una moto acuática, un equipo de paracaidismo, su puesto de trabajo en una tienda de alfombras… y hasta a sus amigos. No sabemos quién la compró, pero la última puja estaba en 650.000$ australianos. Vivir para ver.</p>
<ol>
<li>Ian Usher. El hombre que vendió su vida en el eBay para iniciar una nueva, en el porche de su casa.</li>
<li>La vida de Ian. Imagen del interior de la vivienda de Ian Usher y de su equipo de paracaidismo.</li>
<li>Detector de fantasmas. Vista frontal y trasera del GhostRadar, un localizador de espectros fantasmagóricos por USB.</li>
<li>Kit de caza para hombres lobo. Imagen del completo pack para cazar licántropos y detalle del feto de hombre lobo albino.</li>
</ol>
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		<title>I.R.N.R</title>
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		<pubDate>Wed, 01 Dec 2010 11:17:33 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Casos de Estudio</dc:creator>
				<category><![CDATA[Casos de Estudio]]></category>

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		<description><![CDATA[El IRNR constituye un tributo directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas o entidades no residentes en el mismo. El Hecho Imponible del IRNR es la obtención por los no residentes de rentas dinerarias o en especie, en territorio español, a menos que se encuentren sujetas al Impuesto sobre ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El IRNR constituye un tributo directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas o entidades no residentes en el mismo.<br />
El Hecho Imponible del IRNR es la obtención por los no residentes de rentas dinerarias o en especie, en territorio español, a menos que se encuentren sujetas al Impuesto sobre sucesiones y Donaciones.</p>
<p>Nos centraremos en la tributación por el IRNR de los rendimientos y ganancias patrimoniales obtenidos en España por no residentes sin mediación de EP (Establecimiento Permanente). Y que consiste en su gravamen de forma separada por cada total o parcial, sin posibilidad de compensación alguna entre las mismas, y que se centra en los puntos siguientes:</p>
<ul>
<li>La Base Imponible (BI): BI se determina de modo diferente según el tipo de rentas:<br />
En el caso concreto de las ganancias patrimoniales (como es el caso de la renta de un inmueble) la BI se calcula por diferencia entre el valor de transmisión del elemento de que se trate y su valor de adquisición.</li>
<li> Para obtener la cuota íntegra (cantidad a pagar) se aplica sobre la Base Imponible un tipo de gravamen que para el ejercicio 2010 es del 19%.</li>
<li> A efectos de la determinación de la deuda tributaria, en el caso que nos ocupa (venta de inmuebles) no se permite practicar deducción alguna, salvo las posibles retenciones practicadas a cuenta, esto es en caso de venta de un inmueble situado en España por un no residente el adquirente tiene la obligación de practicar una retención sobre la contraprestación satisfecha. Dicha retención es de un 3% desde el 1/1/2007 y se aplica sobre el precio acordado y presenta las siguientes excepciones:</li>
</ul>
<ol>
<li> Cuando el transmitente acredite estar sujeto el IRPF o IS mediante certificación expedida por la Administración tributan.</li>
<li>En caso de aportación de bienes inmuebles en la constitución y aumento del capital de sociedades residentes.</li>
</ol>
<p><span style="text-decoration: underline;">EJEMPLO DE TRIBUTACIÓN PARA RENTA INMUEBLE</span></p>
<table style="border: 0px none; height: 162px;" width="395">
<tbody>
<tr>
<td>Valor compra Inmueble</td>
<td>100.000.-€</td>
</tr>
<tr>
<td>Valor Transmisión Inmueble</td>
<td>150.000.-€</td>
</tr>
<tr>
<td>Retención 3% s/ 150.000.-€</td>
<td>4.500.-€</td>
</tr>
<tr>
<td>Base Imponible</td>
<td>50.000.-€</td>
</tr>
<tr>
<td>Cuota Integra</td>
<td>9.500.-€  50.000.-€  x  19%</td>
</tr>
<tr>
<td>Deuda Tributaria</td>
<td>9.500.-€</td>
</tr>
<tr>
<td>Retención</td>
<td>-4.500.-€</td>
</tr>
<tr>
<td style="text-align: right;"><strong>A </strong><strong>ingresar:<br />
</strong></td>
<td>5.000.-€</td>
</tr>
</tbody>
</table>
]]></content:encoded>
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		</item>
		<item>
		<title>Otorgar testamento</title>
		<link>http://www.revista360.es/otorgar-testamento/</link>
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		<pubDate>Wed, 01 Dec 2010 11:04:49 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Casos de Estudio</dc:creator>
				<category><![CDATA[Casos de Estudio]]></category>

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		<description><![CDATA[El  testamento  es el documento en el que una persona manifiesta la que quiere que sea su última voluntad, disponiendo el destino de sus bienes, designando tutor, y en general efectuando las manifestaciones sobre su persona o bienes que desea se ejecuten  tras su muerte. Otorgar testamento nos asegura que nuestra voluntad se cumplirá cuando ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>El  testamento  es el documento en el que una persona manifiesta la que quiere que sea su última voluntad, disponiendo el destino de sus bienes, designando tutor, y en general efectuando las manifestaciones sobre su persona o bienes que desea se ejecuten  tras su muerte.</p>
<p>Otorgar testamento nos asegura que nuestra voluntad se cumplirá cuando faltemos; además evitará confusiones y hará más sencilla y económica la partición de nuestra herencia, por lo que es recomendable contar con él e imprescindible si queremos que herede una persona sin vínculo familiar.</p>
<p>Según la legislación española cuando un inmueble es propiedad conjunta de dos titulares, al fallecimiento de uno de ellos su parte no se trasfiere automáticamente al otro titular. Se trasmitirá de acuerdo con el testamento del fallecido, o, si no hay testamento, según la legislación sobre sucesión intestada que busca siempre los parientes más próximos.</p>
<p>En España, el testamento se realiza ante notario y, si no entiende español, es redactado a doble columna, una en español y la otra en su propio idioma. El testador recibe una copia de su testamento, y el original permanece en la Notaría, notificándose su firma al Registro Central de Testamentos Españoles (Registro Central de Últimas Voluntades) con sede en Madrid.</p>
<p>Solo tiene eficacia tras nuestra muerte, en vida el titular es dueño y tiene los mismos derechos para disponer de sus bienes que antes de hacerlo,  no es un contrato con sus herederos, al contrario, es un documento unilateral que puede libremente  variar cuantas veces quiera.</p>
<p>Para el ciudadano extranjero que tiene bienes inmuebles en España, sobre todo si también reside en nuestro país, aunque sea perfectamente válido el otorgado en su país (debe traducirlo y legalizarlo), lo más práctico, es hacer un testamento en España sobre esos bienes. Hacer testamento en España es económico y asegura un sencillo reparto posterior de los bienes.</p>
<p>Si utiliza su testamento extranjero no podrá emprender ninguna acción hasta que la convalidación de éste haya sido tramitada. Esto puede llevar algún tiempo sobre todo si su testamento o su patrimonio presentan alguna complicación y es importante tener presente que en España existe un plazo de 6 meses desde el fallecimiento de una persona para liquidar el Impuesto de Sucesiones, transcurrido el cual las autoridades españolas imponen penalizaciones fiscales.</p>
<p>Salvo situaciones especialmente complejas y poco frecuentes, con el debido asesoramiento jurídico, es un documento sencillo y rápido que soluciona muchos problemas futuros y que todo el mundo debería otorgar.</p>
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		<title>Defiende tus derechos</title>
		<link>http://www.revista360.es/193/</link>
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		<pubDate>Wed, 01 Dec 2010 09:03:15 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Fontanals</dc:creator>
				<category><![CDATA[Consultoría Legal]]></category>

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		<description><![CDATA[Todos en alguna ocasión, nos hemos encontrado en la vicisitud de tener la clara intención de denunciar la vulneración de los derechos que como consumidores y usuarios nos corresponden, y sin embargo, dificultades idiomáticas, técnicas, temporales o simplemente por la cuantía de la reclamación nos impiden emprender la vía del reconocimiento de nuestros derechos para ...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[
<a href='http://www.revista360.es/193/42-24321413/' title='42-24321413'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/Defectuoso-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="42-24321413" title="42-24321413" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/193/aceptar_/' title='Aceptar_'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/Aceptar_-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="Aceptar_" title="Aceptar_" /></a>
<a href='http://www.revista360.es/193/insatisfecha/' title='Insatisfecha'><img width="300" height="300" src="http://www.revista360.es/wp-content/uploads/Insatisfecha-300x300.jpg" class="attachment-medium" alt="Insatisfecha" title="Insatisfecha" /></a>

<p>Todos en alguna ocasión, nos hemos encontrado en la vicisitud de tener la clara intención de denunciar la vulneración de los derechos que como consumidores y usuarios nos corresponden, y sin embargo, dificultades idiomáticas, técnicas, temporales o simplemente por la cuantía de la reclamación nos impiden emprender  la vía del  reconocimiento de nuestros derechos para resarcimiento del daño sufrido.</p>
<p>Pero para que nuestros legítimos derechos económicos no se vean desprotegidos o desinformados sobre los cauces necesarios para el correcto uso y consumo de los productos o servicios,  tienen a su disposición los mecanismos que la ley prevé para su defensa. El Real Decreto Legislativo  1/2007 de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias establece las infracciones protegidas, el procedimiento para denunciarlas y las sanciones que resarcirán el daño.</p>
<p>Los titulares de establecimientos que presten servicios deben tener a disposición de los consumidores hojas de reclamaciones que faciliten la interposición de la denuncia, y el anuncio visible de que las poseen. Cumplimentando las mismas con nuestros datos personales y el motivo de nuestra queja o pretensión y con la remisión de una de las copias que se nos entrega preferentemente a la Oficina Municipal de Información al Consumidor correspondiente, OMIC, o a los Servicios Territoriales de Consumo, y ello junto con los documentos en los que pretendamos basar nuestra reclamación, iniciamos la labor mediadora de tales organismos quienes tras el registro de la misma, o en su caso, su remisión al órgano correspondiente en la materia, intentarán acercar posturas entre ambas partes para la resolución del conflicto por esta vía.</p>
<p>Del mismo modo podemos acudir directamente a estos organismos, a formular nuestra reclamación por escrito, aportando facturas, presupuestos o cualquier otro documento válido para fundar nuestras pretensiones, iniciando igualmente así la labor de mediación que les es propia.</p>
<p>Otras de las funciones de estas oficinas al servicio del consumidor (OMIC), son las de proporcionar ayuda y orientación a los consumidores para que puedan ejercer sus derechos y en consecuencia prospere la educación y formación de la ciudadanía en materia de consumo, siendo al tiempo, necesarias las reclamaciones no solo para resarcir los daños causados al consumidor, sino para el cumplimiento estricto de la legislación por los prestadores de los servicios, que generará una mayor seguridad jurídica en la interrelación socio-económica.</p>
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